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Caja Costarricense de Seguro Social
CCSS pagará incapacidades mediante depósito bancario
María Isabel Solís Ramírez | 08 de julio, 2008 | Archivo
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A partir del 15 de julio, para aquellos trabajadores que se incapaciten o se acojan a una licencia por maternidad, la CCSS les depositará el respectivo subsidio en sus cuentas bancarias.
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A partir del 15 de julio, ningún asegurado tendrá que efectuar largas filas para cobrar el subsidio por incapacidad o licencias por maternidad, en virtud de que la CCSS realizará automáticamente el depósito correspondiente en la cuenta bancaria de cada beneficiario.
La medida la anunciaron este martes 8 de julio, en conferencia de prensa, el Dr. Eduardo Doryan Garrón, presidente ejecutivo de la CCSS y el Lic. Manuel Ugarte Brenes, gerente financiero, quienes destacaron que se trata de un gran esfuerzo institucional para ofrecerle a la población servicios más seguros, ágiles, oportunos y modernos.
La CCSS trabajará con la base de datos de cuentas clientes del Banco Central de Costa Rica y beneficiará a toda la población trabajadora que tramita incapacidades y licencias por maternidad, según lo informó el Lic. Eduardo Blanco Rodríguez, Director de Servicios Institucionales.
El máster Víctor Fernández Badilla, tesorero de la CCSS, explicó que la medida reducirá considerablemente el riesgo de robos, pues este pago se realiza en efectivo en las diferentes sucursales institucionales o en las Oficinas Centrales de la CCSS.
Cabe destacar que la CCSS pagó en el 2007, ¢26.062 millones de colones por concepto de subsidios por incapacidad y licencias por maternidad: ¢17.001 millones por enfermedad, ¢72 millones por fase terminal y ¢ 8.998,5 millones en licencias por maternidad.
Este pago correspondió a 904.197 órdenes: 13.346 licencias por maternidad, 465 por fase terminal y 889.986 incapacidades por enfermedad. Esto quiere decir que las distintas dependencias de la CCSS tramitaron, en ese periodo, un promedio de 2.477 órdenes de incapacidad y licencias por maternidad.
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En el orden usual: Lic. Francisco Carvajal, director del Sistema Nacional de Pagos Electrónicos (SINPE), Dr. Eduardo Doryan Garrón, presidente ejecutivo de la CCSS, Lic. Carlos Melegatti, subgerente del Banco Central y Lic. Manuel Ugarte Brenes, Gerente Financiero de la CCSS.
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Por su parte, Fernández explicó que de acuerdo con la base de datos del Banco Central, en este momento, el 95 por ciento de la población trabajadora dispone de una cuenta cliente.
Uno de los grandes beneficios que tendrá la medida es que los asegurados que se incapaciten o las aseguradas que se les extienda una licencia por maternidad, ya no tendrán que apersonarse a las oficinas de la CCSS, ni hacer grandes filas para cobrar el subsidio como lo hacen actualmente. Con este nuevo procedimiento, el trabajador únicamente se debe preocupar por reportar al patrono la incapacidad, la CCSS se encarga del resto.
El funcionario recomendó al restante cinco por ciento de trabajadores que no tienen cuenta cliente, que acudan al banco de su preferencia y gestionen su apertura.
Posteriormente, deben reportarla a las distintas sucursales que la CCSS tiene distribuidas en todo el territorio nacional. También la información se puede remitir al fax 2295-2553 ó al 2295-2942, para que, ante una eventual incapacidad, la CCSS disponga de este requisito.
En caso de que alguna persona tenga dificultades para abrir una cuenta cliente, la institución seguirá con el sistema de pago convencional, mientras tanto, el asegurado hace el trámite bancario.
Tanto Fernández como Blanco señalaron que este ajuste fortalece y moderniza el Sistema de Registro de Control y Pago de Incapacidad (RCPI), pues hubo que diseñarle una nueva funcionalidad. Este proceso fue realizado por funcionarios de la CCSS.
Incapacidades y licencias
Tipo |
Característica |
¿Qué es una incapacidad por enfermedad? |
Es una orden de reposo emitida por un médico como parte integral del tratamiento y es un beneficio que otorga la CCSS a todos los trabajadores independientes y asalariados que cotizan para el régimen de Enfermedad y Maternidad. Por este concepto, CCSS paga el 60% del salario promedio del trabajador. |
¿Qué es una licencia por maternidad? |
Es un beneficio que se otorga a la mujer trabajadora embarazada durante el primer mes y tres meses posteriores al parto. Este derecho está contemplado en el Código de Trabajo. El 50 por ciento del subsidio lo paga la CCSS y el otro tanto el patrono. |
¿Qué es una licencia por fase terminal? |
Se le otorga al trabajador asalariado para cuidar a un paciente en fase terminal y se paga de acuerdo con lo que estipula la ley. En algunos casos, dependiendo del nivel de ingreso del trabajador, se le paga hasta el 100% de su salario. |

