Retiro por invalidez | Regresar
La pensión por invalidez se otorga a los asegurados que cumplan con el requisito de cotizaciones de acuerdo con su edad y que haya sido declarado inválido por la Comisión Calificadora del Estado de Invalidez.
En caso de que el asegurado no cumpla con el requisito de cotizaciones pero haya contribuido con al menos 60 cuotas, podrá optar por una pensión proporcional de invalidez, siempre que las cuotas hayan sido aportadas antes de la declaratoria de invalidez. El monto de la pensión a otorgar en este caso no será menor al mínimo.
Requisitos:
- Solicitud de pensión por Invalidez.
- Fotocopia de cédula de Identidad, legible por ambos lados.
- Dictamen médico con los problemas de salud que le afectan.
- Si el solicitante labora para el gobierno o una institución autónoma debe presentar una certificación de la Dirección Nacional de Pensiones, indicando que no es pensionado ni tiene trámites pendientes.
- De ser pensionado por otro Régimen debe presentar certificación de que indique los periodos tomados en cuenta para el otorgamiento de esa pensión.
¿Necesita tramitar este tipo de pensión? Descargue el formulario de pensión por invalidez.
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