Falta de pago del seguro voluntario | Regresar
Si el Asegurado Voluntario deja de cancelar el seguro, se le aplica el artículo 14 del Reglamento para la Afiliación de Asegurados Voluntarios, que reza lo siguiente:
Artículo 14º: De las exclusiones
Si el asegurado voluntario deja de cotizar durante seis meses consecutivos, se suspende la facturación de los comprobantes de pago, condición que sólo podrá activarse si paga las cuotas adeudadas hasta un máximo de seis mensualidades.
Esta información se verificó el 21 de febrero del 2008. Para mayor información o dudas, la persona interesada puede llamar a la Subárea Plataforma de Servicios de la CCSS, teléfonos 2295-2633 | 2295-2039, ó escribir a la jefatura actual: Blanca Iris Marín Castro | Correo: bmarinc@ccss.sa.cr
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