Principios filosóficos de la CCSS | Regresar
- Universalidad. Garantiza la protección integral en los servicios de salud, a todos los habitantes del país sin distinción de ninguna naturaleza.
- Solidaridad. Cada individuo contribuye económicamente en forma proporcional a sus ingresos para el financiamiento de los servicios de salud que otroga la CCSS.
- Obligatoriedad. Es la contribución forzosa del Estado, patronos y trabajadores, a fin de proteger a éstos contra los riesgos de enfermedad, invalidez, maternidad, vejez, muerte y demás contingencias que la ley determine.
- Unidad. Es el derecho de la población de recibir una atención integral en salud, para su protección contra los riesgos de enfermedad, maternidad, invalidez, vejez y muerte, mediante una institución que administra en forma integral y coordinada los servicios.
- Igualdad. Propicia un trato equitativo e igualitario para todos los ciudadanos sin excepción.
- Equidad. Pretende una verdadera igualdad de oportunidades para que todos los
ciudadanos puedan ser atendidos en el sistema nacional de salud, de una
manera oportuna, eficiente y de buena calidad.
- Subsidiariedad. Es la contribución solidadria del Estado para la universalización del seguro social en su doble condición (patrono y Estado). Se crearán a favor de la CCSS, rentas suficientes para atender las necesidades actuales y futuras de la institución, en caso de déficit en algunos de los regímenes, el Estado lo asumirá.
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